La Constitución de Cádiz (1812): “La Pepa”, la Primera Carta Magna Liberal de España

Guerra de Independencia (1812)

La Constitución de Cádiz de 1812, conocida popularmente como “La Pepa” (por haberse promulgado el 19 de marzo, día de San José), fue la primera Constitución liberal de la historia de España, una de las primeras de toda Europa y la más influyente del constitucionalismo hispanoamericano del siglo XIX. Redactada y aprobada por las Cortes Generales y Extraordinarias reunidas en Cádiz —la única gran ciudad española no ocupada por las tropas napoleónicas— durante el punto más desesperado de la Guerra de Independencia (1808-1814), la Constitución de 1812 proclamó la soberanía nacional, la separación de poderes, la libertad de imprenta, la abolición de la Inquisición y la igualdad ante la ley, estableciendo un modelo político revolucionario que sería referencia para las constituciones de Portugal (1822), las repúblicas hispanoamericanas (desde 1810 hasta las décadas de 1850-1860), Italia (constituciones de Sicilia y Piamonte de 1812 y 1820-21) y hasta la revolución liberal en la propia España a lo largo del siglo XIX.

La Constitución de Cádiz de 1812, La Pepa.
La Constitución de Cádiz de 1812, La Pepa.

Su vigencia fue breve y accidentada —apenas dos años (1812-1814), después otros tres (1820-1823) y un último año (1836-1837)— pero su influencia ideológica fue inmensa: cambió para siempre la forma en que los españoles y los hispanoamericanos pensaban la política, introduciendo conceptos como “ciudadano”, “nación soberana”, “representación popular” y “derechos del hombre” en el vocabulario político del mundo hispanohablante.

El contexto: Cádiz sitiada, España invadida

La Constitución nació en las circunstancias más extremas imaginables. Desde 1808, España estaba ocupada por los ejércitos de Napoleón: José Bonaparte reinaba en Madrid, los ejércitos franceses controlaban casi todo el territorio y la resistencia patriótica se organizaba en juntas provinciales dispersas. En enero de 1810, la Junta Central Suprema se disolvió en Sevilla ante el avance francés y delegó su autoridad en un Consejo de Regencia que se refugió en Cádiz, la única gran ciudad española que resistía al asedio francés gracias a su posición peninsular y a la protección de la Royal Navy británica.

Cádiz en 1810-1812 era una ciudad sitiada pero libre: los cañones franceses bombardeaban desde el istmo de la Isla de León (actual San Fernando), pero no podían tomar la ciudad, protegida por el mar y la artillería naval aliada. En ese espacio comprimido —unos pocos kilómetros cuadrados de una ciudad portuaria— se hacinaban refugiados de toda España, diplomáticos, comerciantes americanos, militares, clérigos, periodistas y diputados llegados de los cuatro puntos de la Monarquía: Asturias, Cataluña, Galicia, Andalucía, América, Filipinas. Era un microcosmos de todo el mundo hispánico, y en ese microcosmos se redactó la primera constitución liberal española.

Las Cortes de Cádiz (1810-1812)

La convocatoria y los diputados

Las Cortes Generales y Extraordinarias se inauguraron el 24 de septiembre de 1810 en el Teatro de las Cortes de la Real Isla de León (actual San Fernando) y luego se trasladaron al Oratorio de San Felipe Neri de Cádiz, un templo elíptico que se adaptó como hemiciclo parlamentario y que hoy se puede visitar con las tribunas originales. Asistieron unos 300 diputados en sucesivas legislaturas, procedentes de todas las regiones de España y de los territorios americanos (Nueva España, Perú, Nueva Granada, Río de la Plata, Centroamérica, Cuba, Filipinas). Los diputados americanos tuvieron voz y voto, aunque estaban subrepresentados respecto a la población que representaban. Fue el primer parlamento del mundo hispánico que incluyó representantes de ultramar.

En las Cortes se formaron tres grandes tendencias:

  • Los liberales (Agustín Argüelles “el Divino”, Diego Muñoz-Torrero, el conde de Toreno, José María Calatrava): defendían la soberanía nacional, los derechos individuales, la separación de poderes y la limitación del poder real. Eran la minoría más activa y la que acabó imponiendo su programa.
  • Los absolutistas o “serviles” (así llamados por los liberales): defendían el mantenimiento del Antiguo Régimen con reformas mínimas, el poder absoluto del rey y los privilegios de la Iglesia y la nobleza.
  • Los americanos: defendían la igualdad de representación entre España y América, la abolición de las castas, el libre comercio y la autonomía americana. Algunos eran claramente independentistas.

Los grandes debates

Los debates constituyentes fueron apasionados e innovadores. Destacaron las discusiones sobre:

  • La soberanía nacional: el diputado extremeño Diego Muñoz-Torrero abrió las sesiones con un discurso fundacional en el que declaró que «la soberanía reside esencialmente en la Nación». Fue el principio más revolucionario de toda la Constitución: el poder no venía de Dios ni del rey sino del pueblo.
  • La libertad de imprenta (aprobada el 10 de noviembre de 1810, antes que la propia Constitución): fue la primera ley de libertad de prensa de la historia de España y desató una avalancha de periódicos, folletos y panfletos que transformó la vida intelectual del país.
  • La abolición de la Inquisición (22 de enero de 1813): uno de los debates más largos y más emocionales de las Cortes, que enfrentó a liberales anticlericales contra diputados eclesiásticos. Se aprobó por 90 votos contra 60.
  • La cuestión americana: los diputados americanos exigían igualdad plena de representación (proporcional a la población, lo que habría dado mayoría americana en las Cortes). Los peninsulares la rechazaron, sembrando la semilla de las independencias.

El contenido de la Constitución

La Constitución fue aprobada el 19 de marzo de 1812 —día de San José, de ahí el apodo “La Pepa”— y constaba de 384 artículos organizados en 10 títulos. Sus principios fundamentales eran:

  • Soberanía nacional (art. 3): «La soberanía reside esencialmente en la Nación». La nación era el conjunto de todos los ciudadanos españoles, incluidos los americanos.
  • Monarquía constitucional hereditaria (art. 14): el rey era el jefe del Estado pero su poder estaba limitado por la Constitución. No podía disolver las Cortes, no podía legislar sin ellas y no podía abandonar el reino sin permiso.
  • Separación de poderes: legislativo (Cortes unicamerales), ejecutivo (rey + ministros responsables) y judicial (tribunales independientes).
  • Sufragio universal masculino indirecto: todos los hombres mayores de 25 años eran ciudadanos con derecho a voto (elegían compromisarios que elegían diputados). Era un sufragio amplísimo para la época, aunque excluía a las mujeres, los sirvientes domésticos y los deudores.
  • Igualdad ante la ley: abolición de los privilegios estamentales (nobleza, clero) en materia judicial y fiscal.
  • Libertad de imprenta, pero no libertad religiosa: el artículo 12 declaraba que «la religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera» y prohibía el ejercicio de cualquier otra. Fue una concesión al clero para obtener su apoyo.
  • Abolición del tormento judicial, de la tortura y de los señoríos jurisdiccionales.
  • Creación de un sistema educativo nacional (escuelas de primeras letras en todos los pueblos) y de un ejército nacional.

La breve vigencia y la represión de Fernando VII

La Constitución estuvo en vigor solo hasta mayo de 1814, cuando Fernando VII, recién liberado del cautiverio de Napoleón y devuelto al trono español, la abolió de un plumazo mediante un decreto firmado en Valencia el 4 de mayo. Fernando, apoyado por un manifiesto de 69 diputados absolutistas (el “Manifiesto de los Persas”) y por parte del Ejército, declaró “nulos y sin valor” todos los actos de las Cortes de Cádiz y restauró el absolutismo. Los diputados liberales fueron perseguidos, encarcelados o exiliados: Argüelles fue condenado a seis años de presidio, Muñoz-Torrero murió en una cárcel portuguesa, muchos otros huyeron a Londres o a Francia.

La Constitución resucitó brevemente durante el Trienio Liberal (1820-1823), cuando el coronel Rafael del Riego se sublevó en Cabezas de San Juan y obligó a Fernando VII a jurarla de nuevo. Durante tres años, el gobierno liberal intentó aplicar las reformas gaditanas, pero Fernando conspiró con las potencias absolutistas de la Santa Alianza, que enviaron al ejército francés de los “Cien Mil Hijos de San Luis” (1823) para restaurar el absolutismo. Riego fue ejecutado públicamente en Madrid. La Constitución de 1812 fue de nuevo abolida y no regresó hasta el breve período de 1836-1837, cuando sirvió de base para la Constitución de 1837.

La influencia: la primera constitución del mundo hispánico

Aunque su vigencia en España fue mínima, la influencia de “La Pepa” en el constitucionalismo mundial fue extraordinaria:

  • América Latina: sirvió de modelo directo o indirecto para las constituciones de México (1824), Argentina, Colombia, Perú, Chile, Venezuela y la mayoría de las repúblicas hispanoamericanas. Los diputados americanos de Cádiz llevaron de vuelta el texto y su espíritu a sus países. Es, después de la Constitución estadounidense de 1787, la más influyente de las constituciones escritas del hemisferio occidental.
  • Portugal: la Constitución portuguesa de 1822 fue una copia casi literal de la gaditana.
  • Italia: la constitución siciliana de 1812 y los movimientos constitucionales de Nápoles y Piamonte de 1820-21 siguieron el modelo gaditano.
  • Rusia: los decembristas rusos de 1825 conocían y admiraban la Constitución de Cádiz.

“La Pepa” hoy: Cádiz y la memoria constitucional

El bicentenario de la Constitución de 1812 fue celebrado en Cádiz en 2012 con exposiciones, congresos y conmemoraciones a gran escala. El Oratorio de San Felipe Neri, donde se redactó la Constitución, es hoy un museo visitable con las tribunas originales, lápidas conmemorativas y documentos de época. Una placa en la fachada recoge el texto del artículo 3. En la Plaza de España de Cádiz se alza el Monumento a la Constitución de 1812 (inaugurado en 1912), una de las obras conmemorativas más importantes de España. Y la expresión “¡Viva la Pepa!” —que nació como grito de los liberales del siglo XIX para eludir la censura absolutista cuando no podían decir “¡Viva la Constitución!”— sigue usándose en el español coloquial como expresión de alegría, desorden o fiesta, probablemente sin que la mayoría de quienes la usan sepan que se refiere a la primera constitución liberal de la historia de España.

Preguntas frecuentes

¿Qué fue la Constitución de Cádiz de 1812?

Fue la primera Constitución liberal de la historia de España, aprobada el 19 de marzo de 1812 por las Cortes Generales reunidas en Cádiz durante la Guerra de Independencia contra Napoleón. Proclamó la soberanía nacional, la separación de poderes, la libertad de imprenta, la abolición de la Inquisición, la igualdad ante la ley y el sufragio universal masculino indirecto. Conocida como "La Pepa" (por promulgarse el día de San José), fue modelo directo de las constituciones de Portugal, América Latina e Italia, y una de las más influyentes del siglo XIX.

¿Por qué se llama "La Pepa"?

Se llama "La Pepa" porque fue promulgada el 19 de marzo de 1812, día de San José. "Pepe" y "Pepa" son los diminutivos populares de José y Josefa en español. El nombre se hizo aún más popular en los años de represión absolutista de Fernando VII (1814-1820 y 1823-1833), cuando los liberales no podían gritar "¡Viva la Constitución!" en público: en su lugar gritaban "¡Viva la Pepa!" como forma de eludir la censura. La expresión sigue usándose hoy en español coloquial como expresión de alegría o desorden.

¿Dónde se redactó la Constitución de 1812?

Se redactó y aprobó en Cádiz, la única gran ciudad española no ocupada por los franceses durante la Guerra de Independencia, gracias a su posición peninsular y a la protección de la Royal Navy británica. Las Cortes se inauguraron en el Teatro de la Real Isla de León (actual San Fernando) en septiembre de 1810 y luego se trasladaron al Oratorio de San Felipe Neri de Cádiz, un templo elíptico adaptado como hemiciclo parlamentario. El Oratorio es hoy un museo visitable con las tribunas originales.

¿Por qué Fernando VII abolió la Constitución?

Porque Fernando VII era un absolutista convencido que no aceptaba limitar su poder. Cuando regresó del cautiverio napoleónico en mayo de 1814, apoyado por un manifiesto de 69 diputados absolutistas (el "Manifiesto de los Persas") y por parte del Ejército, abolió la Constitución, declaró nulos todos los actos de las Cortes de Cádiz y restauró el absolutismo. Los diputados liberales fueron perseguidos, encarcelados o exiliados. La Constitución resucitó brevemente durante el Trienio Liberal (1820-1823) pero fue abolida de nuevo con la intervención francesa de los Cien Mil Hijos de San Luis.

¿Cuánto tiempo estuvo vigente la Constitución de 1812?

La vigencia fue muy breve y discontinua: apenas 2 años en su primera etapa (marzo 1812 – mayo 1814, cuando Fernando VII la abolió), otros 3 años durante el Trienio Liberal (enero 1820 – octubre 1823, hasta la intervención francesa), y un último año como norma provisional (agosto 1836 – junio 1837, hasta que la sustituyó la Constitución de 1837). En total, estuvo en vigor unos 6 años. Sin embargo, su influencia ideológica fue inmensa y sirvió de modelo para docenas de constituciones en Europa y América Latina.

¿Por qué influyó tanto la Constitución de Cádiz en América Latina?

Porque fue la primera constitución del mundo hispánico que proclamó la soberanía nacional, los derechos individuales y la separación de poderes, y porque diputados americanos de toda la América española participaron en su redacción en las Cortes de Cádiz. Cuando regresaron a sus países, llevaron el texto y su espíritu constitucional. Las constituciones de México (1824), Argentina, Colombia, Perú, Chile y Venezuela siguieron su modelo directa o indirectamente. Es, después de la Constitución estadounidense de 1787, la más influyente del hemisferio occidental en el siglo XIX.

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